Presidente Luis Redondo:
“No se puede someter al Pleno algo que violentando la Ley orgánica del Congreso Nacional”
· El presidente Luis Redondo recordó que la asignación o no de un congresista en una Comisión Ordinaria o Especial, es una atribución de la presidencia del Congreso Nacional y no de las bancadas.
· Sobre las declaraciones de la compañera congresista Maribel Espinoza, dijo no dar ningún tipo de crédito a apreciaciones sin sentido y fuera de orden.
· El presidente Luis Redondo dijo sentirse optimista y espera que el nuevo fiscal general y adjunto estén electos antes del 1ero de septiembre
El presidente del Congreso del Pueblo, Luis Redondo, explicó este viernes la no consideración de la moción que intentaba presentar ante el Pleno la bancada del Partido Nacional.
Cuando se presentó una Moción de Orden que no procedía, me vi en la necesidad de no someterla, ya que no puedo someter al Pleno algo que violente la Ley Orgánica. Es decir, no se puede ir por encima de la ley que ya establece los procedimientos que ya establece como agendar, dictaminar, someter a discusión un dictamen”, explicó el titular del legislativo.
Además, el presidente Luis Redondo explicó que el dictamen que contenía ese tema ya había sido declarado desfavorable.
Sobre este mismo tema, las redes sociales del Congreso del Pueblo y del presidente Redondo, publicaron un documento que cuenta las razones que justifica la decisión tomada de no someter al pleno la llamada moción de orden.
En el documento se explica que lo que solicitó el congresista del Partido Nacional no se encontraba comprendida dentro de las causales que establece el artículo 67 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo para que sea considerada como una moción de orden. Puesto que el artículo 67 de la ley Orgánica ya establece claramente qué fines o qué causales son las que se pueden considerar para que se configure una moción de orden.
Cabe aclarar que el presidente del Congreso Nacional es quien tiene a su cargo la dirección de las sesiones del pleno del Congreso Nacional y es ante quien se presenta las mociones de orden. Y. para ser sometida una moción de orden a la venia del pleno, ésta debe de reunir los requisitos establecidos en el artículo 67 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.








Comentarios
Maria Pineda
27 Jun, 2023 [11.00am]Comentarios pueden ser filtrados o no filtrados, preferiblemente filtrados por un usuario autorizado el cual marca los comentarios aceptados.
Jonatan Cobo
27 Jun, 2023 [11.00am]Comentarios pueden ser filtrados o no filtrados, preferiblemente filtrados por un usuario autorizado el cual marca los comentarios aceptados.